La reforma a la Ley General de Salud convierte la salud digital en materia de salubridad general e impulsa los registros médicos electrónicos. MediPlanner te ayuda a llegar listo: expediente, receta electrónica, agenda y facturación CFDI, alineados con NOM-004 y NOM-024.

El 15 de enero de 2026 el Diario Oficial de la Federación publicó un decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Salud. Con él, la salud digital deja de ser una buena práctica recomendada y pasa a ser parte del marco legal del sistema de salud en México.
Para cualquier consultorio, clínica u hospital, esto marca el rumbo hacia el expediente clínico electrónico y el manejo digital de la información médica. Aquí te explicamos qué cambió y qué significa para tu práctica.
El decreto adiciona la salud digital como fracción XXVIII del artículo 3º de la Ley General de Salud. Queda al mismo nivel que las demás materias de salubridad general, lo que la convierte en una prioridad del sistema de salud y no en algo opcional.
Se adiciona el Capítulo VI Bis al Título Tercero, que comprende los artículos 71 Bis a 71 Octies. Por primera vez la ley dedica un apartado completo a la salud digital, sentando las bases para el uso de tecnologías de la información en la prestación de servicios de salud.
El decreto refuerza la incorporación de tecnologías de la información —telemedicina, salud móvil y registros médicos o de salud electrónicos— y el intercambio de información a través de una base nacional. El expediente en papel queda en clara desventaja frente al expediente clínico electrónico.
Este contenido es informativo y no constituye asesoría legal. El alcance y los plazos de aplicación dependen del texto vigente de la Ley General de Salud y de las disposiciones que de él deriven.
El decreto refuerza el rumbo, pero la NOM-004 y la NOM-024 siguen siendo las normas que rigen el expediente y los datos de salud. MediPlanner ayuda a mantener tu práctica alineada con ambas.
El expediente clínico electrónico facilita el registro de notas, antecedentes y evolución conforme a la NOM-004-SSA3-2012.
Los datos de salud se manejan con los criterios de interoperabilidad y protección que marca la NOM-024-SSA3-2012.
Información cifrada en tránsito y en reposo, con acceso por rol para que cada quien vea solo lo que le corresponde.
El cumplimiento normativo depende del uso correcto del expediente por parte del médico y su consultorio.
Las herramientas que tu consultorio necesita para operar de forma digital, trabajando juntas — sin papeles ni sistemas sueltos.
Antecedentes, notas de evolución, estudios y recetas en una sola pantalla.
Indicaciones con dosis claras, guardadas dentro del expediente del paciente.
Datos estructurados que facilitan el intercambio y la continuidad del expediente.
Citas sin empalmes, con confirmaciones y recordatorios automáticos.
Facturas timbradas dentro de la plataforma, sin sistemas externos.*
Recetas, recordatorios y plan de tratamiento directo en su teléfono.
| Sin MediPlanner | Con MediPlanner | |
|---|---|---|
| Expediente del paciente | En papel: difícil de leer, perder o respaldar | Expediente clínico electrónico completo en una pantalla |
| Marco del decreto 2026 | Sin alineación con el rumbo de la salud digital | Operación digital alineada con la reforma a la Ley General de Salud |
| Normas NOM-004 y NOM-024 | Responsabilidad tuya de verificarlo de cero | Expediente y datos alineados con NOM-004 y NOM-024 |
| Continuidad e intercambio | Información atrapada en hojas sueltas | Datos estructurados, listos para dar continuidad al expediente |
| Recetas y facturación | Recetas a mano y facturación en otro sistema | Receta electrónica y CFDI timbrado dentro de la plataforma* |
* La facturación CFDI tiene un costo adicional de $250 MXN.
Configuramos tu consultorio contigo en una sesión de 30 minutos y trabajas el expediente clínico electrónico completo durante los primeros 6 meses sin pagar.
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Lo que los médicos preguntan sobre la reforma de 2026 y el expediente clínico electrónico.
El decreto, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de enero de 2026, reforma la Ley General de Salud. Incorpora la salud digital como materia de salubridad general (artículo 3º, fracción XXVIII) y adiciona el Capítulo VI Bis (artículos 71 Bis a 71 Octies), que dedica un apartado a la salud digital y al uso de tecnologías de la información en los servicios de salud.
La Ley General de Salud aplica a los prestadores de servicios de salud de los sectores público, social y privado. El rumbo hacia el expediente clínico electrónico alcanza a consultorios, clínicas y hospitales, independientemente de su tamaño. Para conocer alcances y plazos específicos conviene revisar el texto vigente de la ley.
El decreto impulsa los registros médicos electrónicos y la información digital. Lo recomendable es migrar a un expediente clínico electrónico alineado con la NOM-004 y la NOM-024, ya que el papel queda en desventaja frente al registro digital.
No. Una hoja de cálculo no cubre los criterios de seguridad, control de acceso y manejo de datos que marca la NOM-024. Se necesita un sistema diseñado como expediente clínico electrónico, con datos cifrados y acceso por rol.
MediPlanner reúne expediente clínico electrónico, receta electrónica, agenda y facturación CFDI en un solo lugar, alineado con NOM-004 y NOM-024. El cumplimiento final depende del uso correcto por parte del médico y su consultorio.
Los primeros 6 meses son sin costo para los médicos de acceso temprano. Configuramos tu consultorio contigo y trabajas la plataforma completa sin pagar durante ese periodo. La facturación CFDI timbrada tiene un costo adicional de $250 MXN.